FUENTE: http://lamansaguman.cl
Por Tatiana Hernández
La violencia contra las mujeres en la relación de pareja es una de las manifestaciones más indignantes de las desiguales relaciones de poder que hay entre hombres y mujeres. La estrategia de la violencia contra las mujeres que ejercen los hombres es “clara, progresiva, repetitiva para mantener la posición de dominio sobre las mujeres. La violencia es un proceso” (Lorente, 2006). Es decir, ningún hombre comienza ejerciendo todos los tipos de violencia contra una mujer, ni menos con la intensidad que hemos conocido en el caso de Karina Sepúlveda (ver http://www.yoapoyo.cl/index.php?camp_cod=18).
La violencia contra las mujeres es un delito, y visibilizarla como tal es tremendamente sustantivo si queremos generar cambios en las conciencias y prácticas en hombres y mujeres. Cualquier mensaje errático: “maricón el que le pega a una mujer”, “los celos lo cegaron”, “no pudo controlar sus impulsos” confunde y lo que es peor, refuerza juicios que históricamente han sustentado el sometimiento que millones de mujeres viven o han vivido en Chile.
Si la principal institución que por ley debe garantizar una vida libre de violencia a las mujeres en Chile no tiene claro qué es la violencia contra las mujeres, ¿qué podemos esperar de los agentes de justicia cuando deben enfrentar esta problemática? ¿qué podemos esperar de los organismos auxiliares de la justicia chilena?
En el año 2010 de las 81 mil denuncias ingresadas por violencia intrafamiliar (vivida por mujeres), casi un 83% quedaron sin sentencia definitiva. Muchas de ellas procedieron en suspensión condicional; es decir, bastó el acuerdo entre el/la fiscal y el imputado (agresor) para concluir con el proceso judicial, liberando con ello al Ministerio Público de su obligación de investigar. En esta salida alternativa, la voz de las mujeres no existe. La pregunta obvia es: ¿se sienten protegidas las mujeres con este tipo de Justicia? ¿Hay una respuesta eficaz y eficiente para las mujeres, frente a sus denuncias?
Cuando preguntamos a las mujeres por qué no denuncian, más allá de la desconfianza que tienen de cómo responderá la justicia frente a la protección de sus vidas, ellas indican que la decisión se torna compleja de tomar por el miedo, el terror, la vergüenza de vivir una experiencia tan feroz y humillante, signada por tanta impunidad como lo es la violencia de pareja.
Cuando una mujer decide hablar y denuncia la violencia que está viviendo, lo mínimo que se espera es que quienes la escuchan lo hagan con respeto, restituyendo así la dignidad que su agresor a buscado arrancar a través de la práctica de sometimiento a través de golpes, humillaciones, etc.
La Fiscalía de Puente Alto, en su rol de persecutor del delito de parricidio que Karina Sepúlveda había cometido sobre su Ex conviviente, buscó negar la violencia doméstica que ella había vivido durante 18 años. La negó revictimizando a Karina, acción contraria a lo indicado en las Convenciones Internacionales del Derecho Internacional de Derechos Humanos de las Mujeres que Chile ha ratificado. Finalmente el día de los alegatos de las partes, la Fiscalía reconoció que Karina había sido víctima de violencia, pero buscó negar el carácter y las consecuencias que esta significaron en el comportamiento de la víctima. Es decir, buscó negar el maltrato habitual y múltiples torturas que Karina vivió y que causaron en ella un miedo insuperable respecto de su agresor. Según peritos de la Defensa, Karina sintió un riesgo inminente contra su vida y la de su hijo cuando el agresor golpeó a su hijo mayor y lo trató de maricón.
El Tribunal Oral de lo Penal de Puente Alto decidió en forma unánime absolver a Karina del delito que cometió. Estableciendo una eximente establecida en la Ley 20.480 sobre Femicidio “Estado de necesidad exculpante”. Es decir, asume que Karina actuó para evitar un mal grave para su persona o derecho o a los de un tercero. El tribunal comprendió que una mujer que vivió violencia durante 18 años no tenía otra salida dado el contexto de violencia, su aislamiento y redes nada eficaces para resolver su grave situación, entre otras circunstancias concurrentes.
Las organizaciones de mujeres que acompañamos a Karina antes y durante el Juicio, esperamos que Fiscalía no presente un recurso de nulidad frente al veredicto del Tribunal. Ello sería volver a revictimizar a Karina y con ello el Estado chileno no estaría cumpliendo con la exigencia de “abstenerse de cualquier acción o práctica de violencia contra la mujer y velar porque las autoridades, sus funcionarios, personal y agentes e instituciones se comporten der conformidad con esta obligación”. Estaremos atentas y vigilantes… Karina nunca más estará sola…
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